Esteban Chaves
Asistente Legal
Sección de Noticias y Novedades
El día de ayer, 10 de enero, fue publicado el decreto No. 41478-H, en el Alcance 7 del Diario Oficial La Gaceta, en el cual el Poder Ejecutivo estableció el mínimo exento y los tramos actualizados para el año 2019 del Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda.
En ese sentido, los obligados tributarios son aquellos propietarios o titulares de derechos sobre los bienes inmuebles de uso habitacional, con valor superior a los ¢131.000.000 (mínimo exento). Además, se establecieron las tarifas sobre el exceso del mínimo exento de la siguiente forma:
Tramos | Valor | Tarifa |
Desde ¢131.000.000 hasta | ¢329.000.000 | 0,25% |
Sobre el exceso de | ¢329.000.000 y hasta ¢659.000.000 | 0,30% |
Sobre el exceso de | ¢659.000.000 y hasta ¢988.000.000 | 0,35% |
Sobre el exceso de | ¢988.000.000 y hasta ¢1.318.000.000 | 0,40% |
Sobre el exceso de | ¢1.318.000 y hasta ¢1.646.000.000 | 0,45% |
Sobre el exceso de | ¢1.646.000.000 y hasta ¢1.978.000.000 | 0,50% |
Sobre el exceso de | ¢1.978.000.000 | 0,55% |
Fuente: Ministerio de Hacienda.
En principio, la fecha límite para pagar el también llamado impuesto a las casas de lujo, era el próximo 15 de enero. Sin embargo, la Dirección General de Tributación amplió el plazo 10 días naturales, y los obligados tendrán tiempo para pagar sin recargo hasta el 25 de enero de presente año.
Es importante recordar que, para el pago de este impuesto, los contribuyentes deberán presentar la declaración mediante el formulario D-179 en el portal ATV del Ministerio de Hacienda. El sitio web generará un recibo de pago que puede ser cancelado de forma electrónica o en los bancos autorizados por el Ministerio de Hacienda para esta gestión.
Manténgase informado con la Comunidad Tributaria Impositus
Encuentre el decreto No. 41478-H en la próxima
actualización de nuestras bases de datos.