Mediante la publicación en el diario oficial La Gaceta No. 118 del 24 de junio del 2022, se informó la resolución de la Dirección General de Hacienda que establece la tasa de interés a cargo del sujeto pasivo como a cargo de la Administración Tributaria en materia Aduanera. Los aspectos más relevantes de esta resolución son los siguientes:
- La tasa de interés será del 8,53% (tanto a cargo del sujeto pasivo como a cargo de la Administración Tributaria).
- Es aplicable en caso de:
- Pagos de obligación tributaria aduanera realizadas posteriores al momento del hecho generador o cobros indebidos de tributos realizados por la Administración Aduanera.
- Para el cobro de intereses en caso de multas impuestas por el Servicio Nacional de Aduanas no pagadas, que se computarán a partir de los tres días hábiles siguientes a la firmeza de la resolución que las fija.
- Esta tasa de interés tendrá vigencia a partir del 01 de julio del 2022.
- Se deja sin vigencia la resolución anterior del día 8 de diciembre del 2021, el cual establecía la tasa de interés en 9.35%.