LL.M. Pamela Navarro H. | pnavarro@fayca.com
La Administración Tributaria sometió a consulta pública el Proyecto Resolución denominado “Resolución sobre la no compensación de impuestos con destino específico” que contiene únicamente dos artículos, a saber:
Artículo 1. — Cuando se trate de impuestos con destino específico, no se permitirá la compensación con créditos o débitos de otro impuesto distinto, aun cuando sea administrado por la Dirección General de Tributación.
Artículo 2. — Vigencia. Rige a partir de su publicación.
El aviso fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 184 del 24 de setiembre del 2021 y de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la primera publicación del aviso, con el objeto de que expongan su parecer respecto del proyecto.
Las observaciones sobre el proyecto de referencia deberán expresarse por escrito y dirigirlas a la dirección electrónica: RecaTJuridica@hacienda.go.cr
Para los efectos indicados, el citado Proyecto se encuentra disponible en el sitio web: www.hacienda.go.cr