“Resolución sobre retención del dos por ciento a auxiliares de la administración de justicia y abogados que reciban pagos por concepto de honorarios en los ámbitos del Poder Judicial”.
En fecha 3 de agosto, se publicó en el portal de “Proyectos Reglamentarios” dentro de la página web del Ministerio de Hacienda, la propuesta de resolución denominada “Resolución sobre retención del dos por ciento a auxiliares de la administración de justicia y abogados que reciban pagos por concepto de honorarios en los ámbitos del Poder Judicial”, la cual pretende establecer la retención del 2% en los siguientes casos:
- En las sumas pagadas por concepto de honorarios a los Auxiliares de la Administración, la Corte Suprema de Justicia deberá actuar en condición de agente de retención.
- De igual forma en las sumas por concepto de los honorarios a cargo de alguna o varias de las partes, cuyo giro se ordene a favor de los abogados intervinientes en procesos judiciales.
Para tales efectos, se establece el uso obligatorio del formulario D-103 denominado “Declaración jurada de retenciones en la fuente del 2% – impuesto a las utilidades”.
Para el suministro del detalle de las retenciones efectuadas conforme a la presente resolución, se dispone la utilización del formulario D-150 “Declaración mensual resumen de retenciones pago a cuenta impuesto sobre las utilidades”, bajo el código PT: por los servicios profesionales prestados en los procesos de formalización de cualquier producto y por servicios técnicos o profesionales prestados a las aseguradoras por contratación directa de la aseguradora o por los asegurados (2%).
En caso de incumplimiento se aplicaría el régimen sancionatorio en los artículos 80 bis, 83 y 86 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
Encuentre el texto completo del presente proyecto en la próxima actualización quincenal y manténgase informado con la Comunidad Tributaria Impositus