LINEAMIENTOS PARA LA GESTIÓN DE ADEUDOS INCOBRABLES EN EL DEPARTAMENTO DE COBRO JUDICIAL
Por: Esteban Chaves
Asistente Legal
Sección de Noticias y Novedades
Con base en la Ley de Creación de la Oficina de Cobro Judicial y del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la Dirección General de Hacienda emitió los lineamientos para la gestión de adeudos incobrables en el departamento de cobro judicial de la división de adeudos estatales, mediante directriz No. DGH-D-004-2018.
De conformidad con el ordenamiento jurídico, la Oficina de Cobros del Ministerio de Hacienda y los fiscales de cobro, pueden disponer la cancelación de impuestos, tasas o créditos a favor del Gobierno cuando los plazos de prescripción se encuentren vencidos o cuando se trate de cuentas o créditos incobrables.
En ese sentido, la directriz No. DGH-D-004-2018, publicada el día de hoy en el Diario Oficial La Gaceta, establece los lineamientos a seguir y los adeudos susceptibles de ser cancelados, entre los cuales se encuentran aquellos que no hayan podido ser notificados al deudor, los que pertenezcan a personas físicas fallecidas que no cuenten con proceso sucesorio abierto y aquellos que pertenezcan a sociedades cuyo plazo social haya vencido o tengan inscrita cualquier causa de disolución de la sociedad. De igual forma, las deudas que resulten en una gestión de cobro más onerosa para el Estado y los que cuenten con el plazo de prescripción vencido.
Entre las innovaciones en este trámite, se encuentra la implementación de la digitalización del procedimiento, por cuanto las recomendaciones de cancelación de impuestos deben acompañarse de una copia digital del expediente administrativo y por ningún motivo se recibirán expedientes físicos en las recomendaciones de incobrabilidad.
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