El jueves 20 de junio fue publicada, en el Diario Oficial La Gaceta la resolución No. RES-DGH-31-2019. En ella se especifican las disposiciones generales para cumplir con lo establecido en el transitorio V de la ley de “Fortalecimiento de las finanzas públicas” No. 9635, que dispone que los servicios de ingeniería, arquitectura, topografía y construcción de obra civil prestados a los proyectos registrados y con planos visados por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (en adelante CFIA) antes del 1° de octubre del 2019 estarán exentos del Impuesto sobre el Valor Agregado hasta el 30 de junio del 2020.
Entre las disposiciones publicadas se establece un procedimiento diferenciado entre los proyectos que se encuentren registrados y con planos debidamente visados al 1° de julio del año en curso, y otro para los que sean inscritos después del 1° de julio y antes del 1ero de octubre del 2019. En resumen:
Proyectos registrados y visados antes del 1° de julio del 2019:
- Serán incluidos de oficio por el Departamento de Gestión de Exenciones en el sistema Exonet.
- Esto generará un número de autorización de exención para el proyecto.
- Dichos números de autorización serán notificados posteriormente al CFIA.
- El CFIA procederá con la comunicación oficial al proyecto.
- De tal forma, los profesionales que brinde servicios de ingeniería, arquitectura, topografía y construcción al proyecto exonerado deberán consignar el número de autorización de exención en la factura electrónica correspondiente.
Proyectos registrados y visados después del 1° de julio y antes del 1° de octubre del 2019.
- Ingresar a la página web https://exenciones.hacienda.go.cr/exenciones/exsolbnf.aspx?INS,0
- Llenar la solicitud “Actividad Privada” e indicar en los “datos del beneficiario” junto al nombre y entre paréntesis “(Proyecto CFIA)”.
- Hacer “clic” en el botón “Confirmar” y finalmente hacer clic en el botón “Generar Solicitud”, prescindiendo de la presentación física del documento y de cualquier requisito ante el Departamento de Gestión de Exenciones.
- Una vez generada la solicitud, EXONET activará la solicitud de registro (siempre y cuando el proyecto esté registrado ante CFIA) y remitirá el enlace al correo electrónico registrado en la solicitud para que el interesado genere la contraseña que le permita generar la solicitud de exención.
- Concluidas las 4 etapas anteriores, los interesados deberán ingresar al sistema EXONET: http://www.hacienda.go.cr/exenciones/exinicio.aspx
- Escoger la opción de “nueva solicitud”, llenar el formulario “Impuesto Local Genérica”, y escoger una opción de servicios detallando si se trata de servicios de ingeniería, arquitectura, topografía o construcción de obra civil haciendo referencia al número de proyecto registrado en el CFIA.
Manténgase informado con la Comunidad Tributaria Impositus.