El Poder Ejecutivo realizó una reforma al “Reglamento del Régimen de Tributación Simplificada para Comerciantes Minoristas y Bares”, a través del decreto ejecutivo No. 41278-H, publicada el día de hoy en el Diario Oficial La Gaceta No.199.
Dicho régimen está diseñado para contribuyentes que por el volumen económico de sus operaciones se les dificulta la liquidación de sus obligaciones tributarias en el régimen general del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto General sobre las Ventas.
La reforma introducida al reglamento consiste en la inclusión de un inciso n) en los artículo primero y segundo, para que en adelante se lean de la siguiente manera:
“Artículo 1°-
(…)
n) Pequeños productores agrícolas que vendan sus productos exclusivamente al consumidor final por medio de las ferias del agricultor.”
“Artículo 2°-
(…)
n) Pequeños productores agrícolas: Son pequeños productores agrícolas que venden sus productos exclusivamente al consumidor final y por medio de las Ferias del Agricultor, que cumplen con los requisitos que establece la Ley N° 8533 del 18 de julio de 2006, denominada “Ley de Regulación de las Ferias del Agricultor” y su reglamento y que cuentan con carné vigente para participar en dichas ferias.”
Adicionalmente, se introducen cambios en los artículos 3 inciso a) y 4 párrafo primero del Decreto Ejecutivo No. 25514-H del 24 de setiembre de 1996, denominado “Régimen de Tributación Simplificada para Comerciantes Minoristas y Bares”
Encuentre estos documentos y las normas que afecta debidamente reformadas en la próxima actualización de nuestras bases de datos
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