CRITERIOS INTERPRETATIVOS SOBRE LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA
La Gaceta N°123 del 9 de julio de 2018
El día de hoy 9 de julio del 2018, se publicó en La Gaceta N°123 la resolución DGT-R-029-2018 denominada: “CRITERIOS INTERPRETATIVOS SOBRE LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA”.
La presente resolución se enmarca con el artículo 128 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y el Reglamento a la Ley del Impuesto Sobre la Renta que disponen que el sistema contable de los contribuyentes tienen que ser conforme con las normas internacionales de contabilidad, denominadas Normas Internacionales de Información Financiera (en adelante “NIIF”) y que han sido adoptadas por el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.
Algunos aspectos básicos de la esta resolución son:
- Las NIIF comprenden las Normas Internacionales de Contabilidad y las Normas Internacionales de Información Financiera.
- El valor razonable o el valor de mercado como técnica de actualización es aceptable únicamente para transacciones entre empresas vinculadas para efectos de precios de transferencia y el diferencial cambiario.
- En caso de aplicación por primera vez, las Normas Internacionales de Información Financiera, no implicarán cambios en la interpretación de la norma fiscal. Los documentos de respaldo de los ajustes realizados a la cuenta denominada “Ajustes por primera vez, NIIF”, deben formar parte del soporte de los registros contables respectivos, como evidencia del origen de la transacción.
- Se indica la norma de aplicación específica para cada actividad y su tratamiento fiscal. En aquellos casos que procede, se señala la norma que fue sustituida.
La presente resolución, deja sin efecto la Resolución N° 52-01 de las ocho horas del seis de diciembre del dos mil uno.
Rige a partir de su publicación.
Encuentre el texto completo la Resolución DGT-R-029-2018 en la próxima actualización de nuestras bases de datos y manténgase informado con la Comunidad Tributaria Impositus.